La AEPD sanciona a Google con 300.000 euros por la recogida de datos sin consentimiento a través de WiFi

  La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a Google una sanción de 300.000 euros, tras haber constatado que la compañía recogió y almacenó datos personales a través de redes WiFi abiertas sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida. Esta información fue obtenida como parte de su proyecto Street View.

   La AEPD ha dictado una resolución que pone fin al procedimiento abierto a Google en relación a la recogida y tratamiento de datos personales de redes WiFi llevada a cabo por los vehículos empleados en el proyecto Street View de la compañía. En el marco de la investigación realizada, ha explicado el organismo estatal en un comunicado difundido este martes, se constató que Google recogió y almacenó datos personales transmitidos a través de redes WiFi abiertas "sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida y sin obtener el consentimiento de los mismos". En consecuencia, la Agencia ha declarado la "existencia de una infracción grave" e impuesto a Google una sanción de 300.000 euros.

   La AEPD inició de oficio la investigación de estos hechos en mayo de 2010. No obstante, la existencia de un procedimiento judicial penal abierto en el Juzgado de Instrucción Nº 45 de Madrid obligó a la Agencia a suspender la tramitación de su procedimiento sancionador en virtud del artículo 7 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

   Una vez se tuvo conocimiento de la firmeza del auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas, la Agencia Española de Protección de Datos ha reanudado el procedimiento administrativo, resolviéndolo tras el correspondiente plazo de presentación de alegaciones.

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