La AEPD sanciona a Google con 300.000 euros por la recogida de datos sin consentimiento a través de WiFi
La Agencia Española de Protección
de Datos (AEPD) ha impuesto a Google una sanción de 300.000 euros, tras
haber constatado que la compañía recogió y almacenó datos personales a
través de redes WiFi abiertas sin que los afectados tuviesen
conocimiento de dicha recogida. Esta información fue obtenida como parte
de su proyecto Street View.
La
AEPD ha dictado una resolución que pone fin al procedimiento abierto a
Google en relación a la recogida y tratamiento de datos personales de
redes WiFi llevada a cabo por los vehículos empleados en el proyecto
Street View de la compañía. En el marco de la investigación realizada,
ha explicado el organismo estatal en un comunicado difundido este
martes, se constató que Google recogió y almacenó datos personales
transmitidos a través de redes WiFi abiertas "sin que los afectados
tuviesen conocimiento de dicha recogida y sin obtener el consentimiento
de los mismos". En consecuencia, la Agencia ha declarado la "existencia
de una infracción grave" e impuesto a Google una sanción de 300.000
euros.
La AEPD inició de oficio la
investigación de estos hechos en mayo de 2010. No obstante, la
existencia de un procedimiento judicial penal abierto en el Juzgado de
Instrucción Nº 45 de Madrid obligó a la Agencia a suspender la
tramitación de su procedimiento sancionador en virtud del artículo 7 del
Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del
Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Una vez se tuvo conocimiento de
la firmeza del auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional y
archivo de las diligencias previas, la Agencia Española de Protección
de Datos ha reanudado el procedimiento administrativo, resolviéndolo
tras el correspondiente plazo de presentación de alegaciones.
Comentarios
Publicar un comentario